1.- Gratuidad
- Consagra el principio de gratuidad de las señales televisivas de libre recepción.
2.- Más programación cultural y utilidad pública
- Genera la obligación de los canales abiertos y operadores de TV pago de transmitir al menos 4 horas de programación cultural por cada señal y campañas de utilidad pública de manera gratuita.
3.- Concesiones a plazo fijo sin concentración de medios
- Las concesiones de TV Digital con medios propios (redes) serán a plazo fijo de 20 años renovables.
- Crea concesiones con medios de terceros a plazo fijo de 5 años renovables.
- Los canales o grupos económicos nacionales o extranjeros sólo podrán acceder a una concesión por localidad, evitando la concentración de medios.
- Las señales (espectro) que los concesionarios no utilicen deben ser licitadas públicamente a terceros canales interesados sin medios propios.
4.- Plazos de migración
- Establece un plazo máximo de 5 años para que la actual TV analógica migre a TV Digital el 100% de la cobertura actual.
5.- Retransmisión consentida
- Se establece el concepto de retransmisión consentida que obliga a los operadores de TV pago a contar con la autorización de los canales de TV abierta para incluir en sus parrillas programáticas las señales digitales de Libre Recepción, conforme al derecho de propiedad intelectual sobre el contenido.
- Para ejercer este derecho los canales de TV Abierta deberán cumplir previamente con exigencias de:
- Cobertura geográfica y poblacional
- Calidad técnica de recepción en hogares.
6.- Fomento al desarrollo local y regional
- La ley aumenta los recursos públicos para subsidiar el desarrollo de contenidos educativos, culturales y locales.
- Además crea una gama de nuevos subsidios para facilitar el surgimiento de nuevos canales regionales, locales y comunitarios, que podrán acceder a recursos para:
- Equipamiento
- Infraestructura
- Arriendo de medios de transmisión
7.- Otros beneficios sociales de la Ley
- Se establece la obligación de transmitir por TV abierta los partidos oficiales de la selección chilena de fútbol.
- Se establece la obligación de los operadores de TV pago de incluir en su oferta programática un mínimo de 4 canales regionales, locales o comunitarios.
- Se reserva el 40% del espectro radioeléctrico disponible para canales regionales, locales y comunitarios. Además se reservan dos señales televisivas para contenido cultural y educativo definido por el CNTV.
- Se entrega, de forma exclusiva, a TVN una segunda concesión para que opere como transportador público de señales televisivas regionales, locales y comunitarias privilegiando contenidos educativos y culturales.
Síguenos en twitter .
Santiago, 16 de octubre de 2013.-