Subsecretaría de Telecomunicaciones

 
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26 de Agosto de 2011
SUBTEL pide informes al Consejo de Defensa del Estado, Cancillería y Comité de Inversiones Extranjeras por renovación radial de Iberoamericana

Ello en el marco de la fiscalización que desarrolla la Subsecretaría de Telecomunicaciones, para determinar el fiel cumplimiento del consorcio radial a las disposiciones del principio de reciprocidad contenidas en la Ley de Prensa, que determinará si pueden renovarse sus concesiones radiales actualmente vigentes.

Durante el primer trimestre 2011, la SUBTEL notificó a Iberoamericana el congelamiento temporal de todos los procedimientos administrativos vinculados a sus renovaciones hasta concluir la investigación de oficio, lo que no impide – en el intertanto- la continuidad de sus transmisiones.

Una exhaustiva revisión de antecedentes legales y el análisis de los distintos informes de las partes interesadas, ha sido la tónica de la investigación que está realizando la Subsecretaría de Telecomunicaciones, para determinar si se cumple en los procesos de renovación de las concesiones radiales del grupo Iberoamericana en Chile, las exigencias de reciprocidad contenidas en el artículo 9°de la Ley de Prensa.

Con motivo de las oposiciones a dichas renovaciones presentadas por ARCHI, ANARCICH, Radios Cooperativa y Bío Bío, se notificó a fines de marzo del 2011 al consorcio radial español, el congelamiento temporal de todos los procedimientos administrativos vinculados a sus renovaciones hasta concluir la investigación de oficio, lo que no impide – en el intertanto- la continuidad de sus transmisiones.

Tras analizar todos los argumentos legales disponibles, el organismo de Gobierno ha solicitado informes al Consejo de Defensa del Estado, a la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y al Comité de Inversiones Extranjeras, a fin de cerrar la investigación y emitir un pronunciamiento definitivo antes que finalice el año.

Al Consejo de Defensa del Estado se le ha solicitado actualizar su dictamen del 2008 sobre esta misma materia, a la luz de nuevo marco legal del derecho español sobre radiodifusión sonora.

En tanto, a la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y al Comité de Inversiones extranjeras, se ha requerido su opinión sobre la correcta interpretación que debe darse a la Ley de Prensa, bajo el amparo de los compromisos internacionales adquiridos por Chile.

En especial, se solicita a DIRECON que se pronuncie sobre la existencia de normas sobrevenidas de origen internacional que hubieran podido derogar el artículo 9°de la Ley de Prensa N° 19.733, al menos respecto de España y, en particular, sobre el estado de incorporación del Convenio de la OCDE en el ordenamiento chileno y del cambio normativo ocurrido en España el 2010.

Asimismo, en el caso del Comité de Inversiones Extranjeras, se le consulta acerca de si existe participación de capital extranjero superior al 10% en el caso de las concesionarias integrantes del Consorcio Radial Iberoamericana y, en general, sobre el alcance del término “participación de capital extranjero” a que se refiere la Ley chilena.

Adicionalmente, la SUBTEL ofició a la Fiscalía Nacional Económica para que se pronuncie respecto de las diferencias de interpretación sobre las normas aplicables a los concursos radiales, por sus eventuales efectos en la concentración del mercado de la radiodifusión.

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26 de agosto de 2011.-