La Ley de Internet como Servicio Público se hace cargo de una realidad que es la importancia que tienen las redes en nuestro quehacer diario. Si bien este es un primer paso relevante, para hacer efectiva la ley se requiere de reglamentos, en los que ya se encuentra trabajando Subtel. Lo mismo ocurre con el subsidio a la demanda, que requiere de un reglamento y presupuesto para que se convierta en una realidad.
¿Cómo nació la Ley de Internet como Servicio Público?
- El proyecto de Internet como Servicio Público fue impulsado durante el segundo gobierno de la ex Presidenta Michelle Bachelet y apoyado por este gobierno, tal como lo anunció el propio Presidente Boric durante su primera cuenta pública.
- Este proyecto entregará mayores atribuciones a Subtel en materia de fiscalización y permitirá accionar el mecanismo de subsidio a la demanda, tal como ocurre con la electricidad y el agua potable, permitiendo ayudar a pagar la cuenta del Internet a las familias más vulnerables.
- Este proyecto de ley es parte del Plan Brecha Digital Cero 2022-2025, cuyo objetivo central es que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a conectividad independiente del lugar del país en que viven o de las posibilidades económicas que tengan para ello.
Alcances del proyecto
- El proyecto define al acceso a Internet como un servicio público de telecomunicaciones destinado a satisfacer las necesidades de comunicaciones de las personas en general.
- Respecto a las empresas de telecomunicaciones, la iniciativa señala que deberán dar cobertura a los usuarios que se encuentren dentro de su zona de servicio (por ejemplo, si la compañía X llega a la comuna de La Pintana, ahora la empresa debería dar cobertura a todos los distritos censales de la comuna y no sólo algunos sectores de ésta, como ocurre actualmente). En el caso de las zonas rurales serán las entidades definidas por el Instituto Nacional de Estadísticas.
- El proyecto de ley reconoce una facultad presidencial que habilite, de manera anual, durante la discusión de Presupuesto, se disponga de un subsidio para el pago de las cuentas de servicios de Internet a un determinado porcentaje de los usuarios más vulnerables de nuestro país, de acuerdo a lo consignado en el Registro Social de Hogares (RSH) u otro instrumento idóneo que se establezca. Lo anterior, con cargo a los recursos del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FDT).
Disposiciones del proyecto
- Reconocimiento de Internet como Servicio Público: Actualización de la Ley General de Telecomunicaciones (Nº 18.168, 1982) para incluir a Internet explícitamente como un servicio público, garantizando su desarrollo armónico con una visión que balancee la innovación tecnológica y la inversión, especialmente la privada que ha sido predominante en las últimas décadas.
- Fomento del Acceso y Subsidio a la Demanda: Expansión del rol del Fondo de Desarrollo de Telecomunicaciones para ofrecer subsidios directos a usuarios en áreas con servicio pero sin capacidad económica de acceso, inspirándose en modelos de subsidio existentes como el del agua potable urbana.
- Protección de la Infraestructura de Telecomunicaciones: Implementación de medidas legales más estrictas contra el robo y vandalismo de infraestructura, estableciendo penas severas para disuadir estas acciones que comprometen la calidad y continuidad del servicio.
- Establecimiento de Derechos de Uso y Servidumbre: Definición de un marco legal para el uso de infraestructuras públicas en la expansión de redes de telecomunicaciones, promoviendo la eficiencia y la equidad en el acceso a estas facilidades esenciales.
- Expansión de la Figura de Comunidad de Usuarios: Extensión del concepto de “comunidad de usuarios” de servicios telefónicos a Internet, abriendo la puerta a una mayor diversidad de proveedores y fomentando la competencia en el sector, particularmente en los sectores rurales
- Transparencia y Monitoreo en Tiempo Real: Obligación para los concesionarios de servicios de telecomunicaciones de proporcionar accesos web a la Subsecretaría para el monitoreo en tiempo real de sus redes, mejorando la supervisión y la gestión de recursos.
- Aumento en las Sanciones por Incumplimiento: Escalada significativa en las multas por incumplimientos legales y regulatorios, buscando asegurar un cumplimiento más riguroso de las normas establecidas.
- Principios Rectores del Servicio de Telecomunicaciones: Creación a través del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de un nuevo instrumento ordenador de las políticas digitales, como lo es Plan Nacional Digital, el cual se nutre de una serie de principios como la neutralidad tecnológica, universalidad, continuidad, convergencia tecnológica, uso compartido de infraestructuras y transparencia en la asignación de recursos, delineando un marco para un desarrollo sostenible y equitativo del sector. Además, la Subsecretaría de Telecomunicaciones debe actualizar las políticas de uso del espectro radioeléctrico, inversiones, conectividad, ciberseguridad, accesibilidad universal, calidad de servicios, y promoción e investigación
- Imprescindibilidad y Arbitraje: Reconocimiento de la imprescindibilidad de los servicios de telecomunicaciones, introduciendo mecanismos de arbitraje para la resolución de conflictos y asegurando el acceso al servicio en condiciones equitativas.
- Regulación de Multiportador y Relaciones entre Concesionarios: Establecimiento de un marco para la interacción entre diferentes tipos de concesionarios, buscando una competencia leal y la eficiencia en la prestación de servicios a través del establecimiento de un sistema de multiportador.
- Obligación de Reporte de Reclamos: Mandato para que los concesionarios informen regularmente sobre los reclamos recibidos, promoviendo la transparencia y la responsabilidad en la atención al usuario.
- Agilización en el Despliegue de Infraestructura: Se fomenta el uso compartido de infraestructura física para el despliegue de redes de telecomunicaciones, promoviendo la eficiencia y resiliencia.
- Definición de plazos específicos para el despliegue y la ampliación de infraestructura de telecomunicaciones, enfocándose en la eficiencia y la prontitud del servicio, especialmente en contextos de emergencia.
- Requerimiento de Informes Técnicos y Comerciales: Facultad otorgada a la Subsecretaría para solicitar informes que permitan un monitoreo efectivo y una regulación adecuada del sector.
- Promoción de la Convergencia Tecnológica: Estímulos para la adaptación y la modificación de las concesiones existentes a fin de favorecer la innovación y la introducción de nuevas tecnologías y servicios. Ajustes en las concesiones para integrar múltiples servicios sobre una misma plataforma tecnológica para un uso más eficiente de la infraestructura existente.
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- Notificación electrónica: Se permite y fomenta la notificación por medios electrónicos, haciéndola efectiva a partir del momento del envío y publicitando las cuentas de correo en el sitio web de la Subsecretaría.
- Otros: Prohibición de uso de cables en plazas: Se establecen directrices para la instalación de infraestructuras, protegiendo el espacio público. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá dictar el reglamento correspondiente dentro de los 12 meses siguientes a la publicación oficial de la ley.
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